martes, 12 de enero de 2010

x creo que es importante concientisar, sobre la tranformacion del planeta, y su medio ambiente, y los derechos humanos al crear prerrogativa para el hombre, deben tambien empezar a crear normativas enfocadas al medio ambiente para poder asi tutelar ahora y en el futuro lo que se expresa en como derechos humanos...

por tal motivo aqui les dejo un documental muy bueno, quisa algunos ya lo vieron pero si no se los recomiendo dura aproximandamente una hora y media, si tienen tiempo chequenlo.

http://www.youtube.com/watch?v=SWRHxh6Xepm

EN EL METRO

Cuidado con los rumanos que les pueden robar el bolso!, eso fue lo que me dijo un empleado oficial del metro en Barcelona hace algunos días, en ese momento mi reacción no fue “cuidar mi bolsa de los rumanos”, fue de indignación por la discriminación que se deja ver en estos días de una forma tan descarada, por que el hombre, que me hizo la sugerencia con buenas intenciones, se dirigió ya sea consiente o inconscientemente a un grupo especifico de personas, a una nacionalidad, a un país.
La xenofobia cuyas raíces provienen del griego ξένος (xenos), que significa «extranjero», y φοβία (fobia) «aversión» es el miedo o el rechazo a personas provenientes de grupos étnicos diferentes, en España se caracteriza principalmente por el rechazo hacia los inmigrantes latino-americanos, rumanos, africanos entro otros grupos ya claramente identificados, se ha vuelto común escuchar noticias de agresiones a extranjeros, según estadísticas en España en el año 2006 fueron más de 4 mil agresiones a inmigrantes, esto es más de 10 agresiones diarias, que en algunas ocasiones solo se hacen por haber nacido en un país “diferente”, esa violencia física y moral también provoca una reacciona por parte del grupo agredido, en muchas ocasiones no hacen ningún esfuerzo por integrarse a la nueva cultura del país al que inmigraron, algunos ni siquiera se molestan en aprender el idioma y así se limitan solo a convivir entre los suyos, haciéndolos así todavía mas vulnerables.
Hay varios organismos dedicados a combatir este “fenómeno” social entre ellos destaca el Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia que nació en el año de 1997, pero en el 2007 fue remplazado por la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, la finalidad de este observatorio era obtener datos confiables sobre los acontecimientos que sucedieran entorno a los fenómenos de racismo y xenofobia, y así con estos datos tomar decisiones afortunadas.
Así como esta hay otras instituciones dedicadas a fomentar la conciencia sobre la xenofobia y los daños a corto y largo plazo que esta produce en la sociedad, y como siempre lo digo lo mejor es comenzar con el método inductivo, es decir de lo particular a lo general, aceptando a todos los individuos como miembros de una misma especie y raza que es la humana, sin distinciones o clasificaciones.
Ah! y la próxima vez que cojan el metro tengan cuidado porque CUALQUIERA les puede robar el bolso

¿PUEDE EL DERECHO INTERNACIONAL CONTROLAR LAS VIOLACIONES DE LOS DDHH DE LAS MULTINACIONALES?

Los escenarios de la globalización han traído consigo nuevos retos para el Derecho internacional en general y el Derecho internacional de los derechos humanos en particular. Uno de los desafíos a los que se enfrenta este ordenamiento jurídico es el de proporcionar los instrumentos necesarios para garantizar la protección efectiva del individuo frente a la actuación de actores no estatales, entre ellos las empresas multinacionales (EMN). La inclusión de actores distintos de los Estados en el ámbito de la protección de los derechos humanos forma parte del proceso de adaptación del Derecho internacional público como ordenamiento jurídico a las nuevas demandas de la globalización. En la actualidad encuentra aún numerosas dificultades teóricas y prácticas.

Tras el debate tratado en clase parece evidente que se dan en diversas formas violaciones de los DDHH por parte de las multinacionales , la pregunta tras esto sería si el Derecho internacional público tiene la potencialidad para adaptarse a las nuevas circunstancias de la sociedad internacional y si es el cuerpo jurídico adecuado para dar respuesta a la posible desprotección de los derechos humanos a la que quedan expuestos los individuos en el contexto socio económico de la globalización, y lo que es más importante , ¿podrá hacerlo algún día?

lunes, 11 de enero de 2010

¡PERÚ SAQUEADO!, PERO NO ES EL ÚNICO.



Un Sociólogo, columnista de la revista "Dignidad Regional", vicepresidente del Frente Único en Defensa de la Vida, el Medio Ambiente y los Intereses de Cajamarca-Perú, expresa en el siguiente ensayo de gran interés, su sentido patriótico que emerge de la gran desesperación sobre el tema de las TRANSNACIONALES, en el cual, Perú es silenciosamente día a día saqueado por estas mismas. No obstante de todas las transgresiones que se hacen al pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales diariamente como son: la vulneración de derechos humanos, carencia en sanidad e higiene, abusos de jornadas de trabajo, abusos sexuales, corrupción política y más, se debería tomar como base el artículo 1.2 del pacto mencionado, en donde la explotación a los recursos naturales de cada pueblo es punto a resaltar, es por ello que éste artículo nos da el pleno derecho para poder inclusive dejar a un lado pactos internacionales de cualquier estilo y forma, ya que establece la facultad en los pueblos de poder disponer libremente de todos sus recursos y riquezas naturales, porque son sus propios medios de subsistencia.

Es por ello que en el siguiente ensayo que José Saramago elabora con gran desesperación, considero debería ser pleno testimonio para las autoridades internacionales, para poner un ALTO radical a lo que ocurre a plena luz, el tan aclamado TLC que por su falta también de vinculación a un cumplimiento estricto y responsable, ha sido un fracaso por los múltiples problemas económicos, políticos, tecnológicos, sociales, culturales y ambientales que el mismo ha desencadenado, y son gran mayoría de transnacionales las que actúan con toda la impunidad, mostrando una falsa imagen de calidad y responsabilidad social, cuando son en realidad los autores de colosales injusticias que cometen en los países en vías de desarrollo, siendo entonces que al día de hoy los países víctimas, se encuentran desesperados buscando la recuperación de sus recursos y su emancipación, por suerte se tiene esperanzas para en Mayo del 2010, ya que se tiene prevista la preparación de los pueblos cumbre de Madrid, en el que se valorará un nuevo marco normativo realmente vinculante que logre terminar con estas grandes injusticias.


"Todo puede ser de otro modo siempre"
José Saramago
(Ensayo sobre la ceguera)


Pasco, La Oroya, Tabaconas, Tambogrande, Espinar, Cajamarca.
Ahora otro crimen en Majaz. ¿Hasta cuándo el abuso y la impunidad?

Escuchaba hace poco las declaraciones de Ever Hernández Cervera, joven líder de la Red por los Derechos Humanos, decía respecto a los abusos de transnacionales: "Operan casi igual que en Irak, con mil pretextos van a saquear su petróleo, saquean y matan. En Majaz o en otro lado, estas empresas transnacionales no tendrían ningún problema en matar campesinos que protestan frente a la contaminación de su ambiente.

I) Mi generación, desde los años 80, sólo ve fracasos en los gobiernos sucesivos: fracasó el gobierno de Acción Popular en alianza con el Partido Popular Cristiano de 1980 a 1985. De 1985 a 1990 el gobierno del Partido Aprista encabezado por Alan García Pérez, de 1990 al 2000 la mafia Fujimori - Montesinos, ahora Toledo y su Partido "Perú Posible".

En 1990, el hoy prófugo ex Presidente de la República Alberto Fujimori, encontró entonces el escenario óptimo para aplicar el mandamiento nº 8 del "Consenso de Washington": privatizar todas las empresas estatales pues el Estado no debe involucrarse en la actividad económica, empresarial, es un mal administrador y punto. Se aplicó la receta en forma

II) He tenido oportunidad de asistir a varios eventos de discusión sobre la minería en el Perú, quienes vivimos en zonas con yacimiento minero, constatamos un círculo vicioso: saqueo de nuestros recursos minerales, expropiación coactiva de tierras a campesinos, contaminación de agua, suelo, aire (reparar los daños ocasionados en el Perú le costaría al Estado 200 millones de dólares. Diario "La República" 28 de marzo 2005), cierre o agotamiento de agua en canales de regadío, división de las comunidades aprovechando su pobreza y necesidad de trabajo, precariedad laboral, evasión tributaria, corrupción de funcionarios, persecución, procesos penales y asesinato de líderes sociales que defienden sus derechos (Godofredo García en Tambogrande, hoy Amado Velasco en Majaz).

Se constata además una situación irónica: los pueblos mineros en el Perú son los que encabezan el Mapa de la Pobreza en el Perú. En Cajamarca por ejemplo hemos pasado del cuarto al segundo lugar. Aquí opera Minera Yanacocha desde 1993, mina de oro número de uno en Latinoamérica, número dos en el mundo. Newmont su accionista principal es la compañía más poderosa de oro a nivel mundial. De todos los yacimientos auríferos de Newmont en el mundo, Yanacocha le reporta el 66.4% de sus utilidades. En Cajamarca, Newmont obtiene además el oro más barato del mundo, por eso es que denomina a Yanacocha: "El diamante de la corona de la reina".

De 1996 al 2004 Yanacocha obtuvo ingresos por 5,725 millones de dólares. ¿Qué porcentaje promedio dejó para Cajamarca para canon minero? : El 1.8%, esto no es inversión sino SAQUEO.

III) Las compañías transnacionales y sus socios "nacionales" operan impunemente gracias a:

1. La legislación minera que dejó la mafia Fujimori-Montesinos

2. La actual fragilidad de un Estado antinacional, sumamente burocratizado, corrupto y mediocre. El Estado siempre llega al final, la burocracia de planilla dorada apoltronada en Lima recuerda que existen pueblos en el interior del país sólo cuando hay conflictos o algún desastre natural.

En estas circunstancias es que la sociedad civil asume el deber moral de organizarse en defensa de sus derechos, recibiendo los insultos de funcionarios estatales, "políticos", la Sociedad Nacional de Minería y sus periodistas "micrófono" –como diría la prestigiosa periodista norteamericana Ammy Goodman–. Su discurso es común: "Instigadores, violentistas, extremistas enemigos de la inversión privada, narcotraficantes".

IV) Salir del círculo vicioso de la minería en el Perú y la impunidad con la que operan las transnacionales exige replantear la política de estado en el tema. Planteamos: nacionalizar la minería en el Perú. Obviamente los sectores más conservadores, defensores e intermediarios de intereses extranjeros pondrán el grito en el cielo, esto es natural, pues esta gente nació por casualidad en el Perú, no tiene noción ni sentimiento de Patria. Tiene los pies en el Perú, pero la cabeza en Miami y en los bolsillos de las transnacionales.

Nuestro vecino Chile nacionalizó el cobre en 1971, hoy el gobierno chileno mantiene sus acciones en CODELCO en alianza con la inversión privada. Chile no es la maravilla obviamente, tienen problemas y protestas, sin embargo es una experiencia interesante que podemos y debemos superar.

Un proceso de nacionalización responsable implica:

1. "Plan de ordenamiento y Gestión Territorial" para decidir dónde se puede realizar actividad minera y dónde no.

2. Donde es posible esta actividad, hacerlo bien, con normas racionales:

- Modificar el contrato que dejó la mafia Fujimori-Montesinos. Establecer Joint Venture donde el 60% de las utilidades se queden en Perú y 40% restante para la inversión privada.
- Respeto a comunidades y licencia social.
- Gerencias de primer nivel y con gente honesta. Convocar a los mejores MBA. Tenemos profesionales de primer nivel, no todo está podrido.
- Riguroso control del agua con laboratorios manejados por técnicos independientes para su monitoreo responsable.
- Centros de capacitación y transferencia tecnológica para mano de obra calificada priorizando habitantes de la zona.
- Constitución de clusters para el fortalecimiento del empresariado del entorno.
- Exigir a empresas privadas participantes el pago del impuesto justo.

El reto es además una nueva visión de desarrollo que evite centrarse en el modelo primario exportador de crecimiento hacia afuera (mineral, mineral y sólo mineral como hace más de 400 años). Se necesita potenciar otros sectores estratégicos: agricultura, industria, agroindustria, ganadería, turismo.

"El nuevo rol del estado, su nueva visión y estrategia de desarrollo nacional son urgentes, caso contrario los abusos de transnacionales y su impunidad seguirán."


Iván Salas Rodríguez *
Servicio Informativo "Alai-amlatina"
18 de agosto de 2005


Precios Bajos, Derechos Bajos.


Cuando hablamos de derechos humanos es inimaginable el ámbito de protección que éstos necesitan y cómo se vulneran en distintas formas; una de ellas son las empresas transnacionales, quienes al instalarse en países subdesarrollados violan derechos ambientales, laborales, sociales, etcétera.
Un claro ejemplo de estas violaciones es Walt Mart una empresa de origen estadounidense, considerada por sus ventas y número de empleados, la mayor compañía del mundo. Su concepto de negocio es de tienda de autoservicio de bajo precio y alto volumen.
Dos tercios de sus empleados son mujeres, de las cuáles menos del 10% llegan a ser gerentes, datos que en cualquier otra empresa se daba en 1975, se da con Walt Mart en la actualidad; por ello ha tenido múltiples acusaciones de discriminación sexual. Otras acusaciones que ha tenido esta empresa es la desigualdad salarial, la contratación de inmigrantes mexicanos sin seguro social y son pago de horas extras, etcétera.

En marzo de 2005 pagó un multa de 13 millones USD por tener cientos de empleados latinos, en su mayoría mexicanos, no documentados y por condiciones extremas, arduas tareas de limpieza, jornadas laborales extensas y por sueldos menores a la mitad del salario mínimo.

En México “unos 75.000 chicos de entre 14 y 16 años no reciben un salario ni prestaciones laborales. Su pago proviene únicamente de las propinas de los clientes, y muchas veces se les asignan tareas de carga y descarga que ponen en peligro su integridad física”.

Éstos son algunos datos que nos permiten darnos cuenta de las violaciones que se comenten, no sólo en esta empresa, sino en muchas más que nosotros no imaginamos.

Lo que considero importante es la difusión de los medios de defensa frente a estos abusos, uno de ellos es la Organización Internacional del Trabajo la cual “está consagrada a la promoción de oportunidades de trabajo decente y productivo para mujeres y hombres, en condiciones de libertad, igualdad, seguridad y dignidad humana. Sus objetivos principales son promover los derechos laborales, fomentar oportunidades de empleo dignas, mejorar la protección social y fortalecer el diálogo al abordar temas relacionados con el trabajo.”, y así promover la oportunidad que tienen los trabajadores que se ven afectados por las violaciones de sus derechos de defender la integridad de ellos, pues cuanta más información y más acción haya, menos violaciones habrán.

viernes, 25 de diciembre de 2009

Primer seminario de Teoría y práctica de los DDHH

Primer seminario de Teoría y práctica de los DDHH


Comentario breve de la evolución de los valores a proteger en las distintas declaraciones de derechos humanos


Con esta entrada pretendo resaltar sintéticamente algunos de los comentarios que se hicieron durante el seminario, en particular los referentes a los progresivos cambios y ampliación de los Derechos Humanos.


En un orden cronológico debemos comenzar por la “Declaración de derechos de Virginia”, de 12 de junio de 1776. Es esta una declaración primordial en el estudio de esta asignatura, no solo por ser la primera en su género, sino por las circunstancias en las que fue redactada.

Fue adoptada unánimemente en el contexto de la Revolución Americana de 1776, en la que las colonias británicas en América reclamaban su autonomía de la potencia colonial, Gran Bretaña. A través de la Declaración Virginia se convocó a las demás colonias a unirse a la causa independentista.


Es por tanto un texto destacadamente valiente en cuanto que implicaba inevitablemente unos tristes tiempos posteriores. Pero este aparentemente inalcanzable y valeroso intento llegó a buen fin.

Se inspiró en la Carta de Derechos Inglesa (Bill of Rights) de 1689, pero rechazaba la noción de clases privilegiadas o funciones gubernamentales hereditarias, como era costumbre en la monarquía británica.


Con este espíritu de cambio la Declaración de Virginia buscaba proteger unos derechos intrínsecos al hombre. Nombrar algunos de los más importantes.


  • Vida y libertad (de varios tipos, ambulatoria, de expresión, religiosa…), en su artículo 1.
  • Soberanía popular, en su artículo segundo, de esta forma propugnaba la independencia de los hombres a elegir su propia forma de gobierno, y determinaba la función del estado como el servicio de los ciudadanos.
  • Medios de adquirir propiedades y poseerlas, felicidad y seguridad, igualdad de tratamiento frente a la ley y sufragio universal (pero no como lo entendemos hoy, mujeres y esclavos quedaban excluidos).

Una crítica común a esta Declaración está en el hecho de que la Declaración de Virginia convivió con la esclavitud y la falta de derechos para las mujeres. No debemos olvidar sin embargo el inmenso paso adelante en cuanto a la concepción de la libertad, la igualdad y las relaciones del individuo en sociedad y con respecto al Estado. Nuevas formas que todavía no se habían implantado en Europa.


Deberemos continuar con la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano (1789), promulgada en Francia en el contexto de la Revolución. Inspirada en la de Virginia aumenta de tamaño y en derechos protegidos.


Se realiza en vista de que “la ignorancia, el olvido o el menosprecio de los derechos del hombre son las únicas causas de las calamidades públicas”. Una declaración solemne de los derechos naturales, inalienables y sagrados del hombre por su mera condición de tal.

Su propósito sería recordar a todos los miembros del cuerpo social sus derechos y deberes.

Al inspirarse en parte en la Declaración de Virginia y existir un cierto consenso entre los revolucionarios del tiempo, propugna muchos de los derechos que ya aparecían en la declaración de 1776.


  • La libertad, hacer todo lo que no perjudique la libertad del otro, libertad de expresión y opinión…Se describe con mayor precisión el concepto y el alcance de las libertades individuales.
  • La igualdad en derechos, eliminando todas las distinciones sociales que “sólo podrán fundarse en la utilidad común”.
  • La seguridad y la propiedad como derechos naturales e imprescriptibles del hombre, en una posición prioritaria como indica el aparecer en el segundo artículo.

Por último destacar el principio de legalidad en las actuaciones del Estado, se define no solo el lugar del estado en la sociedad, sino que se pretende que toda actuación de este esté fundamentada en normas. Se quiere acabar con la arbitrariedad en las acciones del Estado. De esta forma faculta al ciudadano para fiscalizar los actos del Estado, comprobar sus actuaciones y pedir cuentas.


Especialmente significativa es el derecho a la resistencia a la opresión, como cualidad de todo hombre libre a luchar contra lo que le oprime más allá del Derecho.


Por último, vemos el tercer texto propuesto, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada y proclamada por la Resolución de la Asamblea General a 10 de diciembre de 1948. La unión de las naciones del mundo para crear por primera vez en la historia un texto común en cuanto a los derechos del hombre.


Después de la caída del nazismo y en medio de extraordinarios esfuerzos para la reconstrucción en la posguerra, con Estados Unidos como anfitrión, se redactó una de las declaraciones más influyentes a nivel mundial.

Volvemos a ver que si bien se han acumulado los derechos de textos anteriores, se amplían sustancialmente, intentando adaptarse a los requerimientos de la sociedad del momento.


  • La Libertad e igualdad en dignidad y derechos, vida y seguridad continúan como base intrínseca a la declaración. Se amplían en cuando a la extensión de estos derechos a clases antes ignoradas o deliberadamente excluidas como las mujeres. Tampoco se permitirán hacer distinciones en otros ámbitos, como el aún controvertido derecho a no ser discriminado por la religión practicada.

  • Se exige el derecho a la seguridad Jurídica, implicando principios tan dispares como el de legalidad, la irretroactividad de las leyes, la protección efectiva de los derechos, la presunción de inocencia.

  • Se protegen los derechos a la libertad de expresión, ambulatoria, a contraer matrimonio, religiosa, nacionalidad. Se continúa garantizando la propiedad.

  • De carácter innovador, ajustándose a la época, son los derechos sociales. Ejemplo de este sesgo social es el derecho al trabajo en condiciones aceptables. El derecho al bienestar y a la educación se recoge, haciendo cargo al estado de su garantía. Por último Seguridad Social (art. 22), gran novedad, que guardaba el derecho de los ciudadanos a unos servicios mínimos garantizados con independencia de las circunstancias de este.


Nombrar la mayor especifidad en la definición de los derechos. Se deja la definición iusnaturalista y aunque mantiene el adjetivo de intrínsecos, pasa a proteger los derechos recogidos en esa declaración.

Aunque la Declaración no tiene obligatoriedad jurídica en sí, por la aceptación que ha recibido por los Estados Miembros, poseerá gran fuerza moral.


Será la "Carta Internacional de los Derechos Humanos" la que avance hacia una positivación efectiva (en referencia al carácter coactivo de las normas positivas) de los Derechos Humanos. Establecida el 16 de diciembre de 1966 imparte obligatoriedad jurídica a los derechos proclamados por la Declaración.


Cambia el concepto legitimador de esos derechos, se deben hacer cumplir por el acuerdo entre los estados, con independencia de su carácter natural e intrínseco al hombre o no. Estos derechos serán exigibles a y por los estados parte (o por el Comité que corresponda en su caso).


A partir de la Declaración de 1948, un nuevo concepto surge. Los Derechos Humanos pasarán a ser vistos por primera vez como unos derechos que deben garantizarse a todo hombre. Ya no depende de los estados el decidir qué derechos deben protegerse y cuales no. De alguna forma se establecen derechos que son vistos como básicos por toda la comunidad internacional. Su violación implicará un enorme desprestigio para los estados que los permiten.


Con independencia de probables ampliaciones futuras en los Derechos Humanos, se echa en falta, como concluimos durante el seminario, un marco que garantice el cumplimiento efectivo (coactivo si es preciso) de los DDHH. Pero como siempre, esta necesidad implica una cesión de la soberanía nacional, lo que será fuente de conflicto para el poder establecido, siempre reacio a perder el control que sobre su propio derecho tienen.

domingo, 20 de diciembre de 2009

Tercer seminario de Teoría y práctica de los DDHH

Tercer seminario de Teoría y práctica de los DDHH

“Posición de defensa de los derechos económicos, sociales y culturales vinculados a la acción de las empresas multinacionales en países en vías de desarrollo. Información sobre prácticas empresariales que violan los derechos humanos en esos países y argumentar con normativas y tratados que defiendan los derechos
humanos y especialmente el pacto de derechos sociales, económicos y culturales”

Para esta entrada de Blog, creo que lo mejor es aprovechar las ventajas de este formato, es decir, incorporar la gran cantidad de links que sobre el asunto tuve oportunidad de encontrar y que, por cuestiones de tiempo y organización no pudimos ver en el seminario.

Comentar una idea que me ha surgido mientras redactaba esta entrada y que me aflige y llena de pesimismo: El mundo suele tomar conciencia de la necesidad de cambiar las cosas a partir del suceso de catástrofes, difícil es que se actúe de forma efectiva y con el convencimiento y aplomo necesarios en previsión de un mal futuro.

Es por esto que resulta muy difícil que solucionemos a tiempo las catástrofes que estén por venir, no es que no veamos el problema, es que nos cuesta convencernos de la veracidad de lo que incluso vemos. Nuestro subconsciente reniega de realizar un esfuerzo sino es frente a una amenaza directa e inminente o catástrofe ya acontecida. No hay mejor ejemplo que la redacción de la Carta de Derechos Humanos de 1948, después de lo que puede denominarse “el holocausto”.

He preferido dejar esta reflexión al principio y continuar con la exposición, de esta forma puede interrumpirse la lectura por artículos, profundizar en el que interese, continuar con otros, etcétera.

Sin más empezamos, ruego disculpéis la longitud de esta entrada, pero hay datos:

1) Comenzar hablando de los esfuerzos que se están realizando en el seno de la UE. En las instrucciones del seminario se incluía un link que llevaba al “Informe sobre la adopción de normas por la UE para las empresas europeas que operan en países en desarrollo”. En esta página se proponía la creación de una resolución de la Unión que planteara las directrices de comportamiento de las empresas. Se divide a su vez en una exposición de motivos y una propuesta de resolución. En ellos se explican las diferentes áreas donde se trabaja actualmente y las propuestas tanto a nivel normativo como de iniciativas voluntarias.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

• Mesa Redonda de industriales europeos.
• Globalización, Inversión Extranjera y Desarrollo.
• Iniciativas intergubernamentales sobre Códigos de Conducta.
o Naciones Unidas
o La OIT y la OCDE.
o La Unión Europea.
• Códigos de Práctica Voluntarios adoptados por las empresas y la industria.
• Códigos de conducta y Países en Desarrollo.
• ¿Por qué debe actuar Europa?
• Vías Alternativas.
o Autorregulación
o Labor de las instituciones internacionales.
o Jurisdicción de los Tribunales europeos.
o Nueva legislación europea.
• Hacia un Código de conducta Europeo y una Plataforma de Seguimiento.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

• Códigos de conducta voluntarios.
• Mecanismo de refuerzo europeo.
• Acción parlamentaria europea.
• Papel del desarrollo de la cooperación europea.
• Otras actividades a escala comunitaria.

2) Propuesta de documental - “The corporation”


Este documental, como ya puse en mi entrada primera, es digno de ver.
Si no ya para creérselo todo a pies juntillas, sí para reflexionar sobre posibles visiones alternativas sobre las empresas y su comportamiento a nivel global. De esto podremos plantear si las estructuras legales y sociales bajo las que nacieron las corporaciones (podemos denominarlas de muchas otras formas) siguen siendo los ideales a la hora de gobernarlas, por haber pasado a actuar en el ámbito supranacional. Todo un tema independiente de debate.





3) Como prometí en mi primera entrada os desarrollo un poco el comentario que oí en el seminario de Procesal Penal. El Proyecto de Reforma del Código Penal propuesto este año por el Gobierno.

Simplemente, y aunque jurídicamente muy confuso (¿responsabilidad penal de personas jurídicas?), denota el esfuerzo de los Gobiernos para controlar las acciones de las cada vez más indómitas empresas, que aprovechando cada recoveco o vacío legal actúan de forma moralmente dudosa.

(Publicaciones de la Moncloa)-> Responsabilidad de las personas jurídicas, se regula por primera vez la responsabilidad penal de las empresas:

Las empresas que delincan serán multadas, inhabilitadas o, incluso, disueltas. Se establece una regulación pormenorizada y técnicamente muy precisa para asegurar:

* La imputación a las personas jurídicas de aquellos delitos cometidos en su nombre o por su cuenta y en su provecho por las personas que tienen poder de representación.
* La obligación de las empresas de ejercer el debido control sobre los que ostentan dicho poder de representación.

También se les podrá imponer directamente multa e inhabilitación para obtener subvenciones, ayudas públicas, para contratar con las Administraciones Públicas y para gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la seguridad social.

La responsabilidad penal de la persona jurídica podrá declararse con independencia de que exista o no responsabilidad penal de la persona física.

4) En este apartado expongo varias noticias que son relevantes para mostrar la efectiva violación de los Derechos Humanos por las empresas multinacionales

a) Indígenas juzgan a multinacionales por violación a los derechos humanos
Martes 17 de junio de 2008.

El Tribunal Permanente de los Pueblos es para los pueblos indígenas un instrumento de apoyo en su lucha contra la impunidad y un escenario de pública denuncia, especialmente, contra empresas transnacionales que explotan los recursos naturales y afectan a las comunidades indígenas y campesinas que habitan en las regiones donde operan. Así lo manifiesta la Conserjería de la Autoridad Nacional de Gobierno Indígena, ONIC; también es un espacio para reconstruir la organización social menguada por los impactos de las grandes multinacionales.

b) 25 años del desastre de BOPHAL en India


Terrible desastre de consecuencias nunca vistas a raíz del accidente en la fábrica de pesticidas de “Union Carbide”. Se solucionó mediante un irrisorio acuerdo extrajudicial y el cierre de la planta. A día de hoy siguen viéndose las consecuencias en el gran número de abortos, nacimientos con malformaciones y altísima propensión al cáncer. Esta gente no recibió nada del pago que en su momento se hizo.

http://www.europapress.es/epsocial/rsc/noticia-cumplen-25-anos-accidente-pesticidas-fabrica-bhopal-india-provoco-4000-muertes-acto-20091203151956.html

c) Informe de Amnistía Internacional sobre la situación en el Delta del Níger

Increíble situación de explotación irresponsable de los recursos naturales por parte de las grandes petroleras (especialmente SHELL). Aprovechando un régimen débil y corrupto, realizan extracciones sin ningún tipo de preocupación medio ambiental.

http://www.amnesty.org/es/library/asset/AFR44/018/2009/es/daa037ef-d31c-4e44-8cb1-54c1a165e4c9/afr440182009spa.pdf



d) MONSANTO, MERECERÍA UN APARTADO INDEPENDIENTE



Podría dedicarse una publicación mensual para ir descubriéndole al público qué es lo que hace esta empresa que apenas tiene imagen pública. En Francia y otros países existen movimientos que específicamente luchan contra la empresa de St. Louis, Missouri.
Centenaria ya, es responsable del desarrollo de semillas modificadas, pesticidas... Defienden la inocuidad de sus productos, pero se demuestra mediante todo tipo de pruebas que a largo plazo será muy perniciosa para el medio ambiente y la biodiversidad, derechos humanos de cuarta generación (y sentido común, si no nos gusta la acepción)

También vemos coacciones a los agricultores, manipulaciones y corruptela de cargos políticos (tanto en países desarrollados como en vías de desarrollo).

Link a la pagina de Monsanto (Ibérica)

Link a la página Web contra Monsanto española:

http://www.combat-monsanto.es/

Contaminación transgénica

http://www.greenpeace.org/espana/campaigns/transgenicos/cultivos/imposible-coexistencia

Barbaridad de semillas modificadas de Monsanto, suicidios a raíz de la impotencia

http://www.combat-monsanto.es/spip.php?article369

Contaminación de la miel

http://www.combat-monsanto.es/spip.php?article373

Introducción clandestina de semillas en Brasil y Paraguay

http://www.combat-monsanto.es/spip.php?article206


5) Pego aquí fragmentos de Blogs que han hecho reflexiones interesantes sobre el tema que nos ocupa:

RECORDAR QUE ENCONTRAREIS LOS TEXTOS COMPLETOS EN LOS ENLACES DEL TÍTULO Y AGRADECER A SUS AUTORES SU IMPORTACIONES.

Responsabilidad civil de los grupos multinacionales

“Aprovechando la sugerencia de Juan Sánchez-Calero, creo que tienen interés las críticas que vinculan el impacto de la crisis sobre la situación financiera de ciertas multinacionales con la necesidad de revisar la posible exigencia de responsabilidad a las sociedades matrices de grupos multinacionales ante los tribunales de EEUU por su eventual participación en la violación de derechos humanos en Sudáfrica durante la época del apartheid.

El artículo concluye que la eventual imposición de responsabilidad por parte de los tribunales de EEUU en situaciones de esa naturaleza es sencillamente un lujo que, teniendo en cuenta sus efectos económicos sobre esas sociedades, no cabe ya permitirse.

Se trata de un nuevo caso de aplicación de la ya célebre Alien Tort Claims Act (ATCA), en la que se han basado un significativo conjunto de demandas de responsabilidad civil, algunas de ellas dirigidas contra grupos multinacionales cuya matriz está domiciliada en EEUU –o incluso en otros Estados industrializados- a las que se imputaba la comisión de importantes violaciones de los derechos humanos en países menos industrializados, típicamente mediante su complicidad con el gobierno o autoridades del Estado de acogida.

Esas demandas han tenido suerte muy diversa y, con frecuencia, los litigios iniciados a través de esa vía han finalizado mediante acuerdos transaccionales. En todo caso, es cierto que en la aplicación del ATCA a los litigios relativos a la responsabilidad extracontractual de empresas multinacionales por sus actividades en el extranjero se observa una tendencia de los tribunales estadounidenses a aplicar de manera más restrictiva la doctrina del forum non conveniens, lo que facilita que se consideren finalmente competentes, en particular en los litigios relativos a infracciones de derechos humanos.”

Dos multinacionales son acusadas de violar derechos humanos en Birmania

Por Andrea Venturini

¿Quién se acuerda de los monjes birmanos? Hace dos años los medios de comunicación de todo el mundo hablaban cada día de las feroces represiones con que la junta militar del país del suroeste asiático sofocó las manifestaciones en contra de la dictadura, encabezadas por los monjes budistas. El país volvió a ser protagonista en mayo de 2008 cuando el ciclón Nargis provocó por lo menos 15.000 muertos. La catástrofe subrayó una vez más la incapacidad de gobernar de la junta dictatorial birmana. A pesar de todo, ni la oposición interna ni las protestas de la comunidad internacional pudieron hacer nada concreto en contra del gobierno, y la situación sigue como siempre.
Birmania ha vuelto a ser noticia – aunque no a estar de moda – hace unos días, cuando la ONG EarthRights Internacional (ERI) publicó dos informes donde denunció la violación de derechos humanos por parte de las petroleras Total (Francia) y Chevron (EEUU) en el país. Según el informe los habitantes de las zonas donde opera el Yadana Gas Project habrían sido obligados a trabajos forzados, despojados de sus tierras e incluso asesinados. Y todo esto por mano de las fuerzas de seguridad privada de las multinacionales.
Uno de los centenares de campesinos entrevistados por la ONG denuncia la imposibilidad de cultivar terrenos, ya que todos han sido confiscados por las fuerzas de seguridad de Total y Chevron. Otro acusa dichas fuerzas de obligar campesinos a realizar trabajos forzados.
La ONG denuncia, además, que el gobierno birmano habría recaudado, gracias al Yadana Gas Project, unos 4.830 millones de dólares (unos 3.310 millones de euros). De estos, unos 4.800 millones se presume que hayan sido depositados en bancos offshore de Singapur, Overseas Chinese Banking Corporarion (OCBC) and DBS Group (DBS), a pesar de la crítica situación económica que atraviesa el país. “Los altos mandos militares están escondiendo millones de dólares de los beneficios del pueblo en Singapur mientras que el país sufre el más bajo gasto social en Asia”; acusa el coordinador de ERI en Birmania Matthew Smith.
Los dos bancos de Singapur desmintieron ayer las acusaciones de ERI, diciendo que su información es “falsa y carece de base”. Por su parte, el director general de Total, Christophe de Margerie, en una entrevista al diario francés Le Parisien, negó las acusaciones de ERI sosteniendo que la multinacional no apoya a la junta militar y que la situación de los derechos humanos no cambiaría si Total se marchara del país.


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Joaquín Martín Díaz